A solo 22 días de que entre en vigor el nuevo Código Penal de la República Dominicana, continúan los cuestionamientos de distintos sectores por artículos que consideran ambiguos, desproporcionados o con posibles implicaciones para la libertad de expresión y otros derechos fundamentales.
El Poder Ejecutivo, que promulgó la Ley 74-25 en agosto de 2025, sometió al Senado una propuesta para modificar 18 artículos antes de que la legislación comience a aplicarse.
Las reformas abarcan los artículos 121, 122, 123, 141, 142, 144, 170, 176, 192, 207, 208, 211, 214, 215, 248, 303, 310 y 354, luego de las protestas contra la denominada “Ley Mordaza” y de varios días de cacerolazos en distintos sectores del Gran Santo Domingo.
Entre los puntos más debatidos figura el artículo 207, sobre el delito de perjurio. El texto original establecía penas de cinco a diez años de prisión para quienes ofrecieran declaraciones falsas bajo juramento en procesos judiciales relacionados con asuntos económicos o patrimoniales. La propuesta del Ejecutivo reduce esa sanción a un rango de dos a cinco años de cárcel.
También se modifica el artículo 208, relativo a la difamación. La iniciativa plantea reducir la pena de prisión de dos a cinco años a solo uno o dos años. Diversos sectores, entre ellos la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD), han solicitado incluso eliminar totalmente las penas de cárcel para este tipo de delito y sustituirlas por sanciones civiles o económicas.
Los senadores Félix Bautista y Antonio Taveras también expresaron su rechazo a las penas privativas de libertad por difamación, señalando que en países como Argentina, Panamá, Perú e incluso Nicaragua este delito no contempla prisión.
Otro de los artículos más controvertidos ha sido el 310, sobre el delito de ultraje. Inicialmente sancionaba con entre 15 días y un año de prisión a quienes realizaran gestos ofensivos, amenazas o enviaran escritos contra cualquier funcionario público.
Con la modificación propuesta, el alcance del artículo se limita únicamente al ámbito jurisdiccional, por lo que solo protegerá a jueces, representantes del Ministerio Público, secretarios judiciales, alguaciles, intérpretes y peritos judiciales. La pena se mantiene entre 15 días y un año de prisión menor, además de multas de uno a tres salarios mínimos del sector público.
En cuanto al artículo 211, la propuesta busca fortalecer las garantías para la libertad de expresión al establecer que no constituirán difamación ni injuria las opiniones o críticas relacionadas con actos de corrupción, políticas públicas, el ejercicio de funciones públicas o asuntos de interés general, siempre que estén sustentadas en pruebas o en una verificación razonable de la información.
El Colegio Médico Dominicano (CMD) mantiene sus objeciones a varios artículos del Código Penal, especialmente los artículos 354, 8, 9 y 12, al considerar que afectan de manera desproporcionada a los profesionales de la salud.
Respecto al artículo 354, la modificación elimina la diferencia entre médicos del sector público y privado. Ahora la sanción por expedir certificados médicos falsos aplicaría a todos los profesionales de la medicina, manteniendo penas de prisión de uno a dos años.
Sin embargo, el artículo 8, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, continúa sin modificaciones y sigue siendo uno de los puntos más criticados. Este establece que empresas, asociaciones y otras entidades podrán responder penalmente cuando alguno de sus representantes o empleados cometa un delito en beneficio de la organización.
Además, dispone que esa responsabilidad no desaparece aunque la persona física responsable haya fallecido, desaparecido o no pueda ser identificada. No obstante, contempla que las sanciones puedan atenuarse si la empresa demuestra que contaba con programas eficaces de cumplimiento y prevención de delitos.
Mientras el Congreso estudia las modificaciones propuestas por el Poder Ejecutivo, varios sectores insisten en que aún existen disposiciones que requieren mayor revisión antes de que el nuevo Código Penal entre oficialmente en vigencia.









